Los abogados pueden deducirse el IVA del móvil y la tableta

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Los abogados pueden deducirse el IVA de la compra de un ipad o un teléfono móvil. Así lo determina el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en una reciente sentencia en la que da la razón al abogado ante Hacienda.

Consideran que una tableta es un gasto deducible por ser una herramienta de trabajo necesaria para los abogados, por ser necesario su manejo en vistas orales y actuaciones propias de la profesión. En cuanto al teléfono móvil, consideran que es un gasto inherente a la profesión y el trabajo puesto que el letrado demostró que su línea está contratada con un plan de empresa profesional.

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